Oscar Hector Paco Barrera
EL CONTROL DEL ESTADO Y LOS DERECHOS CIVILES EN RIESGO
No se apaga un fuego, cuando se aviva otro y me refiero al remolino de la 4T, en la prisa por dominar todo lo que en nuestra patria suceda, particularmente en lo que corresponde a derechos humanos que se arrancan a la ciudadanía desde un poder legislativo ilegítimo desde 2024, cuando 53% de votos se convirtieron en 73% de las bancadas legislativas en favor de Morena y asociados.
El debate que le baja el volúmen al caso represor en contra del ex gobernador de Baja California Ernesto Ruffo Appel en este México nuestro, ahora es sobre la nueva legislación y los lineamientos de los Derechos de las Audiencias. El nuevo eslabón de la cadena dominante, surge por el temor que encierra el argumento del oficialismo de proteger a los ciudadanos frente a la manipulación de los medios, para justificar al estado el uso de normas, como una herramienta de censura.
Es complicado el tema, lo entendemos y no deja de preocupar como llevarlo al público lector de manera sencilla y claro. Empezaré por decir que los Derechos de las Audiencias
son prerrogativas que la ley otorga a las personas lectoras, escuchas de prensa, radio y televisión. El objetivo en sano estado de derecho sería para garantizar que las audiencias reciban contenidos de calidad, plurales y libres de publicidad engañosa.
Hoy algunos de los derechos más importantes exigen que los medios diferencien claramente entre la información noticiosa y la opinión de quien la presenta.
Distingan de manera evidente el contenido de la publicidad o propaganda. Para tal caso
cuenten ya con un Defensor de la Audiencia para recibir, procesar y dar seguimiento a quejas y sugerencias.
¿Atenta contra la libertad de expresión la nueva reglamentación? La respuesta a esta pregunta divide profundamente al panorama político y mediático. Los argumentos de que SÍ existe un riesgo, lo emite la Cámara Nacional de la Industria de la radio y Televisión (CIRT), especialistas del ramo y diversos analistas alertan que los nuevos lineamientos podrían coartar la libertad editorial.
Sus preocupaciones se centran en la ambigüedad y discrecionalidad de los textos de la iniciativa. Señalan que el proyecto permite al gobierno definir qué constituye “información falsa o comunicación descontextualizada”, abriendo la puerta a que se castigue a los medios por su línea editorial bajo el disfraz de defender a la audiencia.
De acuerdo con la iniciativa que ya es tomada como el control del estado en la información a la sociedad la vigilancia de estas reglas pasará del Instituto Federal de Telecomunicaciones (uno de los pocos órganos autónomos aún vigentes), a la nueva Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), que forma parte de la estructura del poder ejecutivo. Al perder esta separación constitucional del gobierno, se teme que el nuevo árbitro aplique la ley con un sesgo político.
En resumen, el temor a ser sancionados por no separar “correctamente” la opinión de la noticia, podría provocar que periodistas y medios eviten temas controversiales o críticas al gobierno; que supone ser el objetivo real del proyecto legislativo.
Los artículos 6 y 7 de la Constitución prohíben categóricamente la censura previa. La manifestación de ideas no puede ser objeto de inquisición administrativa, salvo que se ataque la moral, provoque delitos o perturbe el orden público.
Finalmente, en la práctica, el verdadero riesgo para la libertad de expresión no reside en el texto de la norma, sino en quién y cómo la interpretará. Si la nueva CRT sanciona a los concesionarios de forma parcial o utiliza la ley para presionar líneas editoriales, se estaría vulnerando el derecho a la información.
